miércoles, octubre 27, 2010

5 claves (no técnicas) para la reforma del sistema de pensiones [Javier Martín de la Fuente]

Desarrollar un sistema equitativo y universal, no susceptible de ser incluido dentro de los estabilizadores automáticos de la economía, porque no lo es. Todo ciudadano tiene el deber y la obligación de ahorrar para su futuro, y aquel que por la circunstancia que fuese determinada no lo hubiera podido hacer, tendrá acceso a una renta mínima y a la garantía de tener las necesidades básicas cubiertas (definamos circunstancias, necesidades básicas y cuanto nos cuestan cada una de ellas, pues el dinero tendrá que salir de la cuenta de resultados del Estado, perdón de los presupuestos, que el Estado no tiene cuenta de resultados). Somos, al menos eso dice la Constitución de 1978, un Estado Social y de Derecho. Mantener a ciudadanos que no han contribuido es una decisión social, acertada, que nada tiene que ver con lo que cada uno ha aportado para su propio futuro.

Separación del sistema de pensiones de los tributos del aparato del Estado (Estado, CCAA, etc.…) Un sistema de pensiones se nutre de las aportaciones de los ciudadanos, con independencia de su trabajo, profesión o nivel social. Las aportaciones son eso, aportaciones y no retenciones a cuenta, para un futuro incierto. Las aportaciones de hoy sólo garantizan las percepciones del mañana. Yo solo dependo de mi mismo, no de mis descendientes. Para eso están los impuestos, para distribuir la riqueza, entre otras cosas.

Un sistema, público o privado, tiene que garantizar que el dinero que hoy, una persona decide ahorrar para cobrar en el futuro, cuando su capacidad de producir disminuya o no exista, lo va a poder cobrar. Los actuarios determinarán los costes y el mercado determinará la remuneración. Si el Estado aporta menores riesgos podrá remunerar a precio menor un captar más fondos.

Una vez determinados costes y remuneración, el número de años mínimos de cotización, los años que se computan para el cálculo de la base reguladora o incluso de sanción por jubilación anterior al límite legal, que no real, pierde sentido. No hay nada que discutir, tanto has aportado al sistema, tanto recibes. La protección social que ofrece el Estado debe tener en cuenta esta circunstancia, bien para que la persona pueda rescatar el plan en un momento dado y con circunstancias excepcionales (léase desempleo de larga duración) o para que durante el periodo que cobre subsidios por desempleo, enfermedad, accidente u otras causas que se determinen el subsidio siga aportando al plan, si así lo quiere el afectado.

Flexibilizar el concepto jubilación. ¿Qué es jubilarse? Este concepto nace a la sombra de la industrialización del siglo XIX, estamos en el XXI. Ningún empresario malévolo, en España, puede obligar a nadie a trabajar; la esclavitud está superada, legalmente y socialmente. El concepto, hoy, no tiene sentido, mañana; mucho menos. Las personas deberían poder trabajar durante el tiempo que ellas quisieran, hasta los 100 años ¿por qué no? si hay trabajo, o no trabajar si se lo puede permitir, pero en este último caso el Estado no pone un euro. (ver: Una de avestruces)

Espero que la reforma del sistema de pensiones sea algo más que lo de siempre, “tantos años para acceder, tantos para calcular pensión, tanto % de reducción si haces tal cosa, tanto % de aumento si haces tal otra.” Y, si esto es así, pues démonos prisa en hacerlo que es fácil, simplemente hay que hacerlo; que no estamos para contemplaciones. ¡AY! Si el Estado tuviera cuenta de resultados.

La fotografía aparece en http://www.finanzzas.com/wp-content/uploads/content_img_1787_0.jpg